CIRCULAR No. 018-2016

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PARA:SECRETARIAS Y DIRECCIONES DE LA GOBERNACIÓN DE NARIÑO.

DE:DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN

ASUNTO:INFORMACIÓN CONTRACTUAL

FECHA:SAN JUAN DE PASTO, OCTUBRE 20 DE 2016

De manera respetuosa, el Departamento Administrativo de Contratación solicita a todas las Secretarias y Direcciones de la Gobernación de Nariño, remitir la información que se relaciona a continuación, la cual deberá ser consolidada y enviada en medio magnético y físico hasta el día lunes 24 de octubre, 6:00 pm

GRUPO 1: Contratos y/o convenios celebrados por el departamento de Nariño en vigencias anteriores (prórrogas)

Concepto: Incluye todos los contratos y/o convenios suscritos en vigencias anteriores que fueron prorrogados hasta el año 2016 y que pese a lo anterior, por diferentes causas (técnicas – jurídicas – fuerza mayor, entre otros), según la información suministrada por la dependencia responsable, se requiere nuevamente  prorrogar su ejecución más allá del 31 de diciembre de la presente anualidad.

En este grupo deberán identificarse exclusivamente los siguientes ítems:

No. contrato/convenio

Objeto

Fecha de terminación programada para el año 2017

Justificación

 

 

 

Explicación sucinta que justifique la prorroga que se pretende celebrar.

 

 

GRUPO 2: Contratos y/o convenios celebrados en el año 2016 que deben ser prorrogados para el año 2017

 

Concepto: Incluye todos los contratos y/o convenios suscritos en el año 2016 que por los motivos que se describen a continuación deben ser prorrogados para el año 2017, así:

 

A.        Disponibilidad de recursos. De acuerdo a los informes de supervisión los recursos comprometidos en el contrato no se ejecutarán en su totalidad hasta 31 de diciembre, esta situación se presenta en aquellos procesos contractuales adjudicados a través de la modalidad de selección abreviada por subasta inversa donde el Departamento logró ahorro de recursos y por ende, mayor cantidad de bienes y servicios, los cuales podrán cubrir necesidades de la Administración para el primer semestre del año 2017, de lo contrario tendrían que ser liquidados con saldos a favor del ente territorial y se perderían lo descuentos obtenidos. En este grupo también se incluyen aquellos contratos de baja demanda de bienes y servicios que presentaran saldos a fecha 31 de diciembre.

B.        Bienes y servicios que no pueden quedar descubiertos a partir del 1 de enero de 2017. En este grupo se incluyen las prórrogas de aquellos contratos suscritos hasta 31 de diciembre, pero que con el fin de garantizar el normal funcionamiento de la entidad deben prorrogarse, por cuanto los servicios no pueden quedar descubiertos, se incluyen los servicios de vigilancia privada, internet, licencias del correo institucional, tiquetes aéreos, transporte terrestre, mensajería, programa de seguros, combustible, entre otros.

C.        Contratos o convenios que por causas ajenas al Departamento no podrán terminar de ejecutarse hasta el 31 de diciembre. En este concepto se incluyen los contratos o convenios cuya duración inicial se estimó hasta el 31 de diciembre de 2016, sin embargo a la fecha se prevé que las obligaciones pactadas no podrán ser culminadas por factores técnicos, jurídicos o de terceros, debidamente soportados por la supervisión.

 

En este grupo deberán identificarse exclusivamente los siguientes ítems

 

No. contrato/convenio

Objeto

Valor

Tiempo de prórroga a partir de 31 de diciembre de 2016.

Concepto

 

 

 

 

(Identificar a que concepto corresponde: A-B-C)

 

 

GRUPO 3:Convocatoria públicas en curso o por iniciar cuya adjudicación y celebración sea antes de 31 de diciembre de 2016.

 

Concepto: Abarca la ejecución de todos los proyectos o programas a través de convocatorias públicas que ya estén en curso (etapa proyecto de pliego de condiciones) o que se planean iniciar, cuya adjudicación y celebración se concrete antes de 31 de diciembre de 2016, sin embargo la recepción de los bienes o la prestación del servicio se efectuará en la vigencia 2017, según lo establecido en el análisis del mercado y del sector donde se determina la imposibilidad física de que el contrato se termine el 31 de diciembre de la presente anualidad.

 

En este punto, cabe aclarar que estas convocatorias que se programaron iniciar, no podrán ser aperturadas hasta tanto la Honorable Asamblea Departamental conceda la autorización de que trata el artículo 3 del Decreto 4836 de 2011.

 

En este grupo deberán identificarse exclusivamente los siguientes ítems de aquellos procesos que la dependencia garantice tramitar, analizando los términos legales previstos según la modalidad de selección.

 

 

 

Objeto

Modalidad de selección

Valor

Fecha de entrega del proceso al DAC

Duración del contrato

 

(valorar los términos de ejecución del proceso porque su adjudicación debe concretarse antes de 31 de diciembre)

 

 

(valorar los términos de ejecución del proceso porque su adjudicación debe concretarse antes de 31 de diciembre

 

 

Finalmente se solicita que la información requerida sea diligenciada en los cuadros diseñados para cada grupo, los cuales no pueden ser modificados.

 

NATHALIA VALLEJO HERNÁNDEZ

Directora

Departamento Administrativo de Contratación