EL GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO DE NARIÑO (E)
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 305 de la Constitución Política y el artículo 284 de la Ley 4 de 1913, y
CONSIDERANDO
Que el Gobernador del Departamento de Nariño por mandato del artículo 305 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia le corresponde “Dirigir y coordinar la acción administrativa del Departamento”.
Que de conformidad con el artículo 284 de la Ley 4 de 1913, el Gobernador del Departamento de Nariño fijará el horario de trabajo de la administración central del Departamento.
Que desde el día 10 de marzo de 2019, se encuentra instalado el paro de comunidades indígenas en el Departamento del Cauca, situación que ha derivado en el desabastecimiento de combustibles, afectando la movilidad y productividad en el Departamento de Nariño.
Que en aras de garantizar y facilitar el acceso, traslado y movilidad de los funcionarios de la Gobernación de Nariño a las diferentes sedes de la Entidad, se requiere establecer un horario especial de trabajo para el día 21 de Marzo de 2019, excluyendo del mismo al personal del nivel directivo y asesor de la entidad a fin de preservar la continuidad de la actividad administrativa y observar los principios constitucionales y legales que rigen la función pública.
Que también quedarán excluidos los funcionarios que prestan sus servicios en la Dirección Administrativa de Gestión del Riesgo, Pasaportes, Tesorería (Venta de Estampillas) y Subsecretaría de Rentas (Personal Operativo).
Que mediante Resolución 050 del 7 de Marzo de 2019, la Gobernación del Departamento de Nariño, estableció un horario especial de trabajo con el fin de compensar la jornada de la tarde del día martes 16 de abril de 2019 y la jornada completa del día miércoles 17 de abril de 2019, de la siguiente forma:
Desde el día 11 de Marzo de 2019 hasta el día 1 de abril de 2019, en el siguiente horario
De lunes a jueves de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. y de 2:00 a 7:00 p.m.
En mérito de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Establézcase, para el nivel central de la Gobernación de Nariño, una jornada especial de trabajo para el día 21 DE MARZO DE 2019, DE 7:00 A.M. A 3:00 P.M.
PARÁGRAFO 1: En virtud de la resolución 050 del 7 de marzo de 2019 se trabajara de una hora adicional 3:00 p.m. a 4:00 p.m. del día 21 de Marzo de 2019 con el fin de continuar con la compensación contemplada en la citada Resolución.
PARAGRAFO 2: Los jefes inmediatos en cada dependencia y la Subsecretaría de Talento Humano, serán los encargados de vigilar el cumplimiento estricto del horario que se fija en la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Con el fin de preservar la continuidad de la actividad administrativa y observar los principios constitucionales y legales que rigen la función pública, los funcionarios del nivel directivo y asesor de la Entidad, los que prestan sus servicios en la Dirección Administrativa de Gestión del Riesgo, Pasaportes, Tesorería (Venta de Estampillas), Subsecretaría de Rentas (Personal Operativo), quedan excluidos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- A través de la Oficina de Prensa y carteleras fijadas en lugar visible de la Entidad, se comunicará a la opinión pública del presente acto administrativo y a la Procuraduría General de Nariño para lo de su competencia.
ARTÍCULO 4º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE