MARCO LEGAL
Reunión cada mes (Res. 2013/86) Tiempo necesario dentro de la jornada laboral para que el comité se reúna (Decreto 1295/94). En caso de A.T en forma extraordinaria para proceder a realizar la investigación y/o tomar las medidas necesarias.
El artículo 7 de la Resolución 2013 del 6 de Junio de 1986, dice:
“ El Quórum para sesionar el comité está constituido por la mitad más uno de sus miembros. Pasados los primeros treinta (30) minutos de la hora señalada para empezar la reunión del comité, sesionará con los miembros presentes y sus decisiones tendrán plena validez”.