AUTO PREVENTIVO No. 003 de 2012

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SERVICIO: La Gobernación de Nariño se pone a disposición de la comunidad por medio del cumplimiento de sus funciones, comprometiendo en ello todas sus capacidades y potencialidades.

Coo consecuencia, los Servidores públicos atienden de manera amable al personal de la administración y a la comunidad, y conocen y ejecutan sus funciones de forma eficiente y eficaz.”

Código de Ética

Pasto,  diez (10) de Octubre de dos mil doce (2012)

Ser servidor público, independientemente de ser de carrera, provisional o libre nombramiento y remoción, implica que somos empleados que prestamos un servicio al Estado y a la comunidad.

Pero esa prestación del servicio no puede, bajo ningún pretexto, ser de cualquier manera, los objetivos de la Gobernación de Nariño y las metas propuestas en el Plan de Desarrollo “Nariño Mejor”, afianzan el compromiso ético y social que asumimos con nuestra posesión, en la cual juramos servir y cumplir fielmente con nuestros deberes, la Constitución y La Ley.

La Ley 734 de 2002, en su artículo 34 sobre los deberes de todo servidor público consagra en su numeral 6. “Tratar con respeto, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación por razón del servicio.”

Por lo anterior, se recomienda a todos los funcionarios para lograr un servicio público eficiente, de calidad y respetuoso atender de manera amable y educada a las personas con quienes interactúen personalmente, por escrito o telefónicamente.

Conductas como contestar el teléfono y dejarlo descolgado ó rechazar la petición o requerimiento de un usuario por no ser de nuestra competencia sin guiar el asunto al competente, son faltas de respeto que desdicen de la formación del funcionario y denotan falta de lealtad con la entidad que estamos representando.

En consecuencia, se dispone:

PRIMERO: Recomendar a todos los Secretarios, Subsecretarios, Jefes de Dependencia, Directores de Departamento y Directores Administrativosde la Gobernación de Nariño recordar a los servidores públicos de sus dependencias los deberes que como servidores públicos adquieren, de conformidad a lo señalado en este auto.

COMUNIQUESE,

PAOLA DE LOS RIOS GUTIERREZ

Jefe Oficina de Control Interno Disciplinario