Supresión del SICE

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EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN USO DE LAS FACULTADES EXTRAORDINARIAS CONFERIDAS MEDIANTE LEY 1474 DE 2011, EXPIDIÓ EL DECRETO 019 DE 10 DE ENERO DE 2012, EL CUAL EN EL ARTÍCULO 222 DISPUSO:

ARTÍCULO 222. SUPRESIÓN DEL SICE, GRATUIDAD y SISTEMA DE ANÁLISIS DE PRECIOS. Derógase la Ley 598 de 2000, la cual creó el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación estatal, SICE, el Catalogo Único de Bienes y Servicios CUBS, y el Registro Único de Precios de Referencia PURF (sic), de los bienes y servicios de uso común en la Administración Pública.

En desarrollo del artículo 3 de la Ley 1150 de 2007, la Contraloría General de la República podrá obtener un análisis de precios de mercado de valor de los contratos que se registran en los sistemas de información o en los catálogos existentes sobre la contratación pública o privada, nacional o internacional; en virtud de lo cual, existirán los sistemas de registros de precios de referencia y los catálogos que las necesidades de análisis de precios aconsejen, para racionalizar la vigilancia alas precios de la contratación.

Descargue para mayor información:

 

DECRETO 019 DE 2012 - Presidencia de la República

CIRCULAR No. 004 DE 2012 - Contraloría General de la República